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Bonificación por familia numerosa

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La bonificación por familia numerosa es aplicable a los viajes realizados cualquier día del año por vehículos ligeros que abonen el peaje con dispositivo de telepeaje Vía-T operativo.

¿A qué trayectos se aplica?

Recorridos de ida y vuelta que se realicen por las autopistas AG-55 A Coruña-Carballo y AG-57 Puxeiros-Val Miñor por un vehículo ligero titularidad de una familia numerosa en 24 horas, entre el mismo par origen/destino, en los que el recorrido de ida se realiza en el sentido contrario al de vuelta.

Válido para todos los días del año.

¿Qué ahorro tengo?

Bonificación del 100% en el recorrido de vuelta.

¿Qué condiciones debo cumplir?

Para beneficiarse de la bonificación por familia numerosa, es necesario que antes de realizar sus trayectos por la autopista AG-55 y/o AG-57 cumpla con las siguientes condiciones:

  • Ser una familia numerosa y que la unidad familiar esté en posesión de un título de familia numerosa en vigor, expedido por la Xunta de Galicia.
  • Cubrir el impreso de solicitud de alta disponible en la página web de Autopistas de Galicia www.autoestradas.com acompañando la siguiente documentación:
    • Título oficial en vigor de familia numerosa expedido por la Xunta de Galicia, en el que se incluya su fecha de vigencia.
    • Certificado de titularidad del dispositivo de telepeaje Vía-T, expedido por la entidad financiera o de cualquier otra índole en la que se adquirió el mismo, en el que se incluya la vigencia del mismo. La persona titular del dispositivo deberá ser miembro de la familia numerosa de que se trate.
    • Copia del permiso de circulación del vehículo ligero que emplee la familia numerosa, o en su caso del contrato de alquiler del vehículo. La persona titular del vehículo o del contrato de alquiler deberá ser miembro de la familia numerosa de que se trate.

Además, a la hora de realizar los recorridos por la autopista deberá cumplir las siguientes condiciones:

  • Circular con un vehículo ligero.
  • Que el vehículo utilice como sistema de pago el dispositivo de telepeaje Vía-T interoperable comunicado en el formulario de alta.
  • Que los recorridos de ida y vuelta sean realizados por el mismo vehículo ligero comunicado a la sociedad concesionaria a través del formulario de alta y que el pago de los mismos sea realizado también empleando el mismo dispositivo de telepeaje Vía-T comunicado a Autopistas de Galicia a través del mismo formulario de alta.
  • Que el dispositivo de telepeaje Vía-T esté en vigor, en condiciones plenamente operativas y con saldo para hacer efectivo el importe del peaje.
  • Que el dispositivo de telepeaje Vía-T esté correctamente colocado en un soporte en el interior del vehículo.
  • Los recorridos de ida y de vuelta deben realizarse por la autopista, entre el mismo par origen/destino y en sentido contrario.
  • El vehículo ligero debe pasar con el dispositivo de telepeaje Vía-T por la estación de peaje de destino en el plazo máximo de 24 horas desde el pago del recorrido de ida.

Esta bonificación, ¿es compatible con otras?

Sí, es compatible con:

  • Bonificación en horario nocturno.

En caso de que sean de aplicación las dos bonificaciones, primero se calculará la bonificación por tramo horario de uso, posteriormente sobre dicho resultado se aplicará la bonificación correspondiente por frecuencia de uso con la regulación específica de la bonificación destinada a las familias numerosas.