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Reducciones excepcionales de la línea límite de edificación

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La legislación de carreteras de Galicia establece la posibilidad de que la administración titular de las carreteras tramite expedientes para la reducción excepcional de las distancias generales establecidas para la línea límite de edificación, fuera de los tramos urbanos, siempre que quede garantizada la ordenación de los márgenes de la carretera, el adecuado control de sus accesos y la seguridad viaria, cuando en una carretera, o en tramos concretos de ella, las características del lugar hagan extraordinariamente dificultoso respetar las distancias señaladas.

A este respeto, el Reglamento General de Carreteras de Galicia regula las circunstancias que deben concurrir y el procedimiento para la tramitación de un expediente de reducción excepcional de la distancia de la línea límite de edificación. En concreto, la línea límite de edificación se podrá reducir cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • La existencia de una orografía accidentada, que comporte que la ejecución de edificaciones más allá de la distancia establecida con carácter general para la línea límite de edificación que implique alteraciones del terreno natural superiores a las que se efectuarían en caso de que esta se situase a una distancia inferior.
  • La necesidad de situar en los márgenes de la carretera edificaciones o instalaciones destinadas a servir como elementos funcionales de la carretera, como servicios vinculados a la infraestructura viaria o al sistema general de transporte, o como parte de otras redes o infraestructuras de servicios públicos.

A continuación se pueden consultar los expedientes de reducción excepcional de la distancia de la línea límite de edificación tramitados hasta el momento:

PO-315 PPQQ 11 240 a 11 520. T.M. Cangas

AC-303 PPQQ 1 365 a 3 095. T.M. Ribeira

OU-533 PPQQ 18 620 a 20 035. T.M. Viana do Bolo

OU-151 PPQQ 0 120 a 0 380. T.M. Piñor

OU-154 PPQQ 1 440 a 2 100. T.M. Piñor

AC-566 PPQQ 10 750 a 11 430. T.M. Valdoviño

AC-862 PPQQ 63 140 a 63 320, margen izquierda. T.M. Ortigueira

LU-161, PPQQ 2 430 a 2 690. T.M. Viveiro